Entorno de pruebas — los registros no tienen validez legal
Fuentes oficiales verificadas

Normativa aplicable

Cada regla operativa del Libro apunta a una versión concreta de este catálogo.

Normas vigentes

Cómputo gregoriano del aniversario

Vigente

Para el aniversario por años, si no existe el día equivalente se usa el último del mes destino. Sustenta el ajuste de bisiestos; por sí solo no autoriza purga ni resuelve días inhábiles del inciso 5.

Aplicación general
Código Civil — Decreto Legislativo 295, art. 183, incs. 2 y 3VigenteFuente oficial

Atención de reclamos

Vigente

Regula la atención de reclamos dentro del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Aplicación general
Ley 29571, art. 24VigenteFuente oficial

Libro de Reclamaciones

Vigente

Establece el Libro, su exhibición y la entrega de documentación a INDECOPI.

Aplicación general
Ley 29571, arts. 150–152VigenteFuente oficial

Plazo de respuesta

Vigente

Fija un máximo de 15 días hábiles improrrogables para atender y responder.

Aplicación general
Ley 31435, art. 1; Ley 29571, art. 24.1VigenteFuente oficial

Contenido de la Hoja de Reclamación

Vigente

Define los datos mínimos y cuándo un reclamo puede tenerse por no presentado.

Aplicación general
D.S. 011-2011-PCM, art. 5VigenteFuente oficial

Libro de Respaldo

Vigente

Exige transcribir la hoja física dentro de un día calendario desde la rehabilitación del Libro Virtual.

Aplicación general
D.S. 006-2014-PCM, art. 4-AVigenteFuente oficial

Entrega y conservación

Vigente

Regula la entrega a INDECOPI y la conservación mínima de dos años.

Aplicación general
D.S. 006-2014-PCM, arts. 11 y 12VigenteFuente oficial

Aplicabilidad SIREC

Vigente

Obliga al SIREC cuando los ingresos anuales son iguales o mayores a 3000 UIT.

Si aplica el umbral SIREC
D.S. 006-2014-PCM, art. 16VigenteFuente oficial

Infracciones del Libro de Reclamaciones

Vigente

Tipifica incumplimientos relacionados con la atención y comunicación de la respuesta.

Aplicación general
D.S. 006-2014-PCM, Anexo IVVigenteFuente oficial

Acuerdo de solución

Vigente

Regula la aceptación, conclusión, obligatoriedad e incumplimiento del acuerdo.

Aplicación general
D.S. 058-2017-PCM, art. 6-A.1, 6-A.2(a), 6-A.3 y 6-A.4VigenteFuente oficial

Atención de reclamos y quejas

Vigente

Exige respuesta escrita en un máximo de 15 días hábiles.

Aplicación general
D.S. 101-2022-PCM, arts. 6 y 6-BVigenteFuente oficial

Suspensión por oferta no presencial

Vigente

Suspende el plazo por un máximo de cinco días hábiles mientras se espera aceptación expresa.

Aplicación general
D.S. 101-2022-PCM, art. 6-A.2(b)VigenteFuente oficial

Formato de Hoja de Reclamación

Vigente

Actualiza el formato y los campos de la Hoja de Reclamación.

Aplicación general
D.S. 101-2022-PCM, Anexo IVigenteFuente oficial

Reporte SIREC

Vigente

Regula el reporte de la hoja y su respuesta dentro de 30 días calendario.

Si aplica el umbral SIREC
Directiva 004-2014/DIR-COD-INDECOPI, disposiciones SIRECVigenteFuente oficial

Libro en comercio electrónico

Vigente

Exige Libro y enlace permanente, visible y fácilmente accesible en plataformas de comercio electrónico.

Si existe comercio electrónico
Ley 32495, arts. 150 y 151 de la Ley 29571VigenteFuente oficial

Atención en comercio electrónico

Vigente

Exige mecanismos accesibles, eficaces y permanentemente operativos para reclamos digitales.

Si existe comercio electrónico
D. Leg. 1729, art. 24.4 de la Ley 29571VigenteFuente oficial

Canal para proveedor no domiciliado

Vigente

Exige al proveedor no domiciliado habilitar un canal accesible para reclamos de consumidores en Perú.

Si el proveedor no está domiciliado
D. Leg. 1729, art. 24.5 de la Ley 29571VigenteFuente oficial

Proyectos e históricos

Se muestran para vigilancia jurídica, pero nunca sustentan una decisión bloqueante.

Suspensión no presencial — texto histórico

Histórica

El texto original establecía diez días calendario; fue sustituido en 2022.

D.S. 058-2017-PCM, art. 6-A.2(b), texto originalHistóricaFuente oficial

Proyecto de modificación del Reglamento

Proyecto

Proyecto publicado para consulta; no crea por sí mismo obligaciones vinculantes.

R.M. 244-2026-PCM, proyecto de decreto supremoProyectoFuente oficial
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